Jornada informativa: Ayudas de estado en la Unión Europea

La política de competencia de la Unión Europea es fundamental para la realización del mercado interior. Las normas establecidas en este ámbito tienen como objetivo que las empresas puedan competir en igualdad de condiciones en el mercado de cualquier Estado miembro y proteger los intereses de los consumidores permitiéndoles obtener bienes y servicios en las mejores condiciones. Asimismo pretenden evitar que las empresas o las autoridades nacionales puedan ejercer prácticas contrarias a la competencia que entorpezcan una dinámica sana.

El objetivo del control de las ayudas del Estado es, tal y como está establecido en los tratados de la Unión Europea, asegurar que las intervenciones de los gobiernos no distorsionen la competencia y el comercio entre Estados miembros. En esta materia, la ayuda de Estado está definida como una ventaja de cualquier tipo o forma que se le otorgue a las empresas de manera selectiva por las autoridades públicas nacionales.

El artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la UE declara incompatibles con el mercado interior las ayudas estatales que falseen o amenacen falsear la competencia en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros. En cambio, las ayudas estatales que contribuyan a la consecución de objetivos de interés común europeo claramente definidos y que no falseen indebidamente la competencia entre las empresas ni los intercambios comerciales entre los Estados miembros pueden considerarse compatibles con el mercado común.

Para este tipo de ayudas se prevé un sistema de control permanente por parte de la Comisión Europea, que deberá velar por que no se alteren la libre competencia que debe servir de base al mercado interior. Tales controles se complementan con una obligación de información por parte de la administración concedente de la ayuda en cuestión.

Como principio general, toda ayuda de Estado está sujeta al deber de notificación. No obstante, el requisito de notificación se ha visto flexibilizado, dispensándose del mismo a los asuntos que menos falsean la competencia en virtud de su cuantía (ayudas de minimis) por no considerarse siquiera ayuda estatal, y a asuntos en los que es posible determinar fácilmente su compatibilidad con el mercado interior comunitario, en virtud de las normas del Reglamento General de Exención por Categorías. El resto de asuntos deben ser notificados con carácter previo a la aprobación de la ayuda de Estado.

Jornada informativa organizada por el Centre Balears Europa, en colaboración con la Cámara de Comercio de Mallorca, en el marco de la Enterprise European Network

  • Fecha: viernes 26 de abril 2019
  • Hora: de 9.45h a 15h
  • Lugar: Cámara de Comercio de Mallorca (C/Estudi General, 7 - 07001 Palma)
  • Inscripciones gratuitas al pie de esta página

PROGRAMA JORNADA AYUDAS DE ESTADO EN LA UNIÓN EUROPEA

  • 09.45h Recepción de los participantes
  • 10.00h Inicio de la jornada
    • Sr. Félix de Pablo, director general de Fondos Europeos
    • Sr. Antoni Mercant, presidente de la Cámara de Comercio de Mallorca
  • 10.15h "Marco General de Ayudas de Estado"
    • Sra. María Muñoz de Juan, Dirección General de Competencia de la Comisión Europea
  • 11.15h Pausa - cafè
  • 11.45h "Procedimiento en materia de Ayudas públicas"
    • Sra. Deborah Heredia Benot, vocal asesora del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  • 12.45h "Ayudas de Estado vs. Fondos Europeos"
    • Sra. Adela Martín Gadea, jefa de área de ayudas de Estado, Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía y Empresa.
  • 13.45h Turno abierto de palabaras
  • 14.30h Clausura
    • Sra. Rosa Maria Cañameras, directora gerente del Centre Balears Europa.