Sobre Cambra

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Normas internas de contratación

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines que se configura como órgano consultivo y de colaboración con las Administraciones Públicas, especialmente con la de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sin menoscabo de los intereses privados que pueda perseguir.

La Cámara no tiene la consideración de poder adjudicador de conformidad con el Informe de la Abogacía del Estado 3/2018 (R-455/2018), de fecha 11 de julio de 2018 y según lo previsto en el artículo 3.3 d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a contrario sensu. En consecuencia, la Cámara no queda sujeta a la LCSP, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.5 de esa norma. Tampoco merece, por supuesto, la consideración de sector público, por lo que queda igualmente fuera del ámbito de aplicación de la mencionada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

En todo caso, la contratación de la Cámara se rige conforme al derecho privado, habilitando un procedimiento que garantice los principios de publicidad, transparencia, no discriminación y objetividad de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, y el artículo 2.5 de la Ley 1/2017, de 12 de mayo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, de las Illes Balears.

Con tal finalidad, se han redactado y aprobado las presentes Instrucciones de Contratación, a efectos de racionalizar y ordenar la contratación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Mallorca, de modo que se acomode a los principios mencionados.

Estas Instrucciones fueron aprobadas por el Pleno en su sesión de 18 de abril de 2023.