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La Cámara prepara una jornada informativa sobre la directiva de servicios

Directiva Bolkestein: ¿Oportunidad o amenaza?

Artículo de opinión de José María Bautista (Abogado de Cuatrecasas)

 

El 12 de diciembre de 2006 (¡ya ha transcurrido más de un año!) se aprobó la Directiva 2006/123/CE del Consejo y del Parlamento Europeo relativa a los servicios en el mercado interior, directiva comúnmente conocida (aunque de modo un tanto erróneo) como Directiva Bolkestein en honor al Comisario europeo autor de la misma. Y digo que mal llamada Directiva Bolkestein pues las diferencias entre el proyecto presentado en su día por el comisario y el texto definitivamente aprobado con posterioridad por el Parlamento Europeo son más que notables e implican, en la medida en que lo posibilita la directiva, un mayor grado de protección para los denominados "prestadores" en sus países de origen.

 

Con la citada norma, la pretensión europea no es otra que la de establecer un verdadero mercado interior de servicios altamente competitivo que elimine las barreras que a nivel interno han venido tradicionalmente imponiéndose por los diferentes Estados miembros con el único objetivo de proteger a sus prestadores nacionales frente al del resto de estados y trasladar a la realidad de forma efectiva los principios recogidos en los artículos 43 y 47 del Tratado constitutivo de la Unión Europea relativos a la libertad de establecimiento y a la libre prestación de servicios. El objetivo último perseguido no es otro que el de configurar un verdadero mercado único europeo más transparente, con mayor información, con mayores posibilidades de elección por parte de los consumidores y en el que se presten en definitiva un mayor número de servicios a precios más competitivos.

 

Y para conseguir ese objetivo los diferentes Estados miembros disponen de un plazo que finaliza el 31 de diciembre de 2009, fecha tope en la que las previsiones europeas deberán haberse integrado en los ordenamientos jurídicos internos.

 

Con estos antecedentes el interrogante que algunas economías europeas se plantean es el de si realmente la mal llamada Directiva Bolkestein supone una oportunidad o, por el contrario, implica una amenaza que se cierne cual negros nubarrones sobre determinados sectores, principalmente aquellos más vulnerables y que, precisamente por ello, se han visto legalmente protegidos (como en el caso español) por el paraguas de las diferentes Comunidades Autónomas.

 

La respuesta no es unívoca, no existe una única alternativa, la misma dependerá de la mayor o menor habilidad que demuestren los diferentes Estados miembros (y como en el caso español los diferentes ejecutivos autonómicos) en el proceso de transposición de la directiva europea al ordenamiento jurídico interno, un proceso cuya importancia requiere, desde mi punto de vista, que los diferentes sujetos sectoriales afectados por la Bolkestein tomen conciencia de la misma y trabajen conjuntamente con las diferentes instituciones oficiales (como el caso de la Cámara de Comercio) en el diseño de soluciones legales imaginativas que puedan ser aplicadas por el legislador en la necesaria transposición legal.


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